1. Ustedes son hijos del Señor, su Dios. No se hagan incisiones ni se rapen el cabello sobre la frente en homenaje a un muerto.
2. Porque tú eres un pueblo consagrado al Señor, tu Dios, y él te eligió para que fueras su propio pueblo, prefiriéndote a todos los demás pueblos de la tierra.
3. No comerán nada que sea abominable.
4. Ustedes podrán comer los siguientes animales: el buey, la oveja, la cabra,
5. el ciervo, la gacela, el venado, la cabra montés, el íbice, el antílope y la gamuza.
6. Podrán comer, asimismo, cualquier animal que tenga la pezuña partida -es decir, dividida en dos mitades- y que sea rumiante.
7. Pero se abstendrán de comer los animales que son solamente rumiantes y los que solamente tienen la pezuña partida por la mitad. No comerán camello, liebre ni damán, porque aunque son rumiantes, no tienen la pezuña partida. A estos animales deberán considerarlos impuros.
8. Tampoco comerán cerdo, porque aunque tiene la pezuña partida, no es rumiante. También a este deberán considerarlo impuro, y no podrán comer su carne ni tocar su cadáver.
9. De entre los animales que viven en el agua, les estará permitido comer todos aquellos que tengan aletas y escamas.
10. Pero no podrán comer los que no tengan aletas ni escamas: a éstos deberán considerarlos impuros.
11. Podrán comer todas las especies de aves puras.
12. Pero se abstendrán de comer las siguientes: el águila, el quebrantahuesos, el águila marina,
13. el milano, las diversas especies de halcón,
14. las diversas especies de cuervo;
15. el avestruz, la golondrina, la gaviota y las diversas especies de gavilán;
16. la lechuza, el búho, el ibis,
17. el pelícano, el buitre, el corvejón,
18. la cigüeña, las diversas especies de garza, la abubilla y el murciélago.
19. También deberán considerar impuros a todos los insectos con alas,
20. pero podrán comer cualquier clase de pájaros puros.
21. No comerán ningún animal muerto. Se lo darás al extranjero que resida en tu ciudad para que él lo coma, o se lo venderás al extranjero que va de paso. Porque tú eres un pueblo consagrado al Señor, tu Dios. No harás cocer un cabrito en la leche de su madre.
22. Cada año deberás separar la décima parte de todo lo que hayan producido tus sembrados,
23. y en la presencia del Señor, tu Dios, en el lugar que él elija para constituirlo morada de su Nombre, comerás del diezmo de tu trigo, de tu vino y de tu aceite, y también los primogénitos de tu ganado mayor y menor. Así aprenderás a temer siempre al Señor, tu Dios.
24. Si el camino es demasiado largo para que puedas transportar el diezmo -porque el lugar que el Señor elija te queda muy lejos- cuando él te haya bendecido,
25. los cambiarás por dinero y luego irás a ese lugar, llevando contigo el dinero.
26. Allí podrás comprar con ese dinero todo lo que desees: ganado mayor o menor, vino o bebida fermentada, en una palabra, cualquier cosa que sea de tu agrado. Entonces comerás en la presencia del Señor, tu Dios, y te alegrarás junto con tu familia.
27. No olvides al levita que vive en tus ciudades, ya que él no tiene posesión ni herencia contigo.
28. Al cabo de tres años, deberás separar la décima parte de todo lo producido ese año, y lo depositarás en la puerta de tu ciudad.
29. Entonces vendrá a comer el levita, ya que él no tiene posesión ni herencia contigo; y lo mismo harán el extranjero, el huérfano y la viuda que están en tus ciudades, hasta quedar saciados. Así el Señor te bendecirá en todas tus empresas.